El Estado de México es una de las 32 entidades que integran la Federación de los Estados Unidos Mexicanos. Tiene la forma de gobierno republicana, representativa, democrática, laica y popular.
Es uno de los estados fundadores de la federación, y el de mayor densidad de población. Se encuentra en el centro sur del país y posee una superficie mayor a 22 mil km². Su gentilicio es mexiquense, para distinguir a sus pobladores de los ciudadanos del país, llamados mexicanos.
La soberanía estatal reside esencial y originariamente en el pueblo del Estado de México, quien la ejerce en su territorio por medio de los poderes del Estado y de los ayuntamientos, en los términos de la Constitución Federal y con arreglo a la Constitución del Estado de México.
Pie de foto: Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo en el Estado de México.
Son considerados ciudadanos los habitantes que tengan esta calidad conforme a la Constitución Federal, y que además reúnan la condición de mexiquenses o vecinos establecida en Constitución estatal.
El Poder Público del Estado de México se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El Legislativo y Ejecutivo se depositan en ciudadanos electos mediante sufragio universal, libre, secreto y directo, conforme a las leyes correspondientes.
No podrán reunirse dos o más poderes del Estado en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un individuo.
La capital del Estado de México es la ciudad de Toluca, que es la sede de los poderes públicos del Estado.
PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo se deposita en una asamblea denominada Legislatura del Estado, integrada por diputados electos en su totalidad cada tres años; 45 conforme a los principios de mayoría relativa y 30 de representación proporcional, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo.
Con 75 legisladores, el Estado de México tiene el Congreso local más grande del país, el cual representa a una población de 17 millones de personas que la convierten también en la más grande entre las entidades federativas.
Pie de foto: Aspectos de una sesión plenaria en el Salón "José María Morelos y Pavón".
PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo del Estado se deposita en un solo individuo que se denomina Gobernador del Estado de México.
La elección de Gobernador del Estado de México es mediante sufragio universal, libre, secreto y directo. El Gobernador durará en su encargo seis años. Quien haya sido electo popularmente, nunca podrá serlo para otro período constitucional ni designado para cubrir ausencias absolutas o temporales del Ejecutivo.
Pie de foto: Eruviel Ávila Villegas es el gobernador del Estado de México en el periodo 2011-2017.
PODER JUDICIAL
El ejercicio del Poder Judicial del Estado se deposita en un órgano colegiado denominado Tribunal Superior de Justicia, el cual funcionará en Pleno, Sala Constitucional, Salas Colegiadas y Unitarias Regionales.
Asimismo, en tribunales y juzgados de primera instancia y juzgados de cuantía menor; organizados de acuerdo a su competencia establecida en las leyes secundarias. Los órganos jurisdiccionales aplicarán las leyes federales, tratándose de jurisdicción concurrente. La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura del Estado de México, conforme a las bases que señala la Constitución y las leyes respectivas.
Pie de foto: Fachada del Poder Judicial del Estado de México, en la ciudad de Toluca.
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